El pleno de la Corte aprobó, con una mayoría de cinco votos contra cuatro, la autorización para eliminar unilateralmente contenido de plataformas digitales como Facebook, en caso de que infrinjan los derechos de autor.
México. – Por una estrecha diferencia de cinco votos a favor y cuatro en contra, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) respaldó la facultad de retirar unilateralmente contenidos de plataformas digitales, como Facebook, en caso de que infrinjan los derechos de autor.
Durante la sesión de este jueves, el pleno del máximo tribunal determinó la constitucionalidad de las reformas a la Ley Federal del Derecho de Autor, que establecen el retiro de contenidos de sistemas digitales en caso de violación de derechos de autor, conforme a lo dispuesto en el Tratado México-Estados Unidos-Canadá (T-MEC).
Continuando con el análisis de las impugnaciones a varios artículos de la Ley Federal del Derecho de Autor (LFDA) y el Código Penal Federal (CPF), la Corte confirmó que los proveedores de servicios en línea deben retirar el acceso a materiales transmitidos sin el consentimiento del titular de los derechos de autor, tras recibir un aviso del titular o una resolución de autoridad competente. Además, deben implementar «medidas razonables» para evitar que dicho contenido se vuelva a cargar en el sistema o la red, considerando esta acción como necesaria para proteger los derechos de autor.